Es el registro ante la Dirección de Profesiones, Educación Media Superior y Superior de un Colegio de Profesionistas de una misma rama profesional y que cumpla con los requisitos establecidos en la Ley para el Ejercicio de las Profesiones del Estado de Baja California Sur y su Reglamento.
Requisitos
Escritura pública del acta constitutiva de la asociación civil
Copia simple de la escritura pública del acta constitutiva de la asociación civil, que no tenga más de 90 días naturales de su protocolización.
Consejo directivo y estatutos
Integrantes de la mesa o consejo directivo así como los estatutos que rigen a la asociación civil.
Autorización para el uso de la denominación o razón social del colegio
Nombre propuesto para el colegio. (Autorización de uso de denominación o razón social por la Secretaría de Economía)
Directorio de socios de la asociación civil.
Directorio de los miembros (mínimo 50) que integran la agrupación que contenga: Nombre completo, dirección, teléfono, lugar de trabajo, número de cédula profesional estatal y/o federal.
Código de ética profesional
Son las normas sustantivas básicas que debe regir la conducta profesional de los colegiados.
Órgano interno de control
Órgano competente para el ejercicio de la potestad disciplinaria, en los términos que establezcan los estatutos.
Solicitud de Registro para Colegios de Profesionistas.
Documento por medio del cual se solicita formalmente a la Dirección de Profesiones, Educación Media Superior y Superior el registro de un Colegio de Profesionistas.
Comprobante de pago por los derechos del registro del Colegio de Profesionistas.
Pago por los derechos del registro estatal del Colegio de Profesionistas de conformidad con la fracción XXXV del artículo 19 de la Ley de Derechos y Productos del Estado de Baja California Sur.
Datos a recabar
Nombre completo
Correo electrónico
Dirección
Teléfono / Celular
Nombre del Notario Público
Fecha y número de escritura pública
Denominación de la Asociación civil
Tarifas
Paga en línea, con cualquiera de los siguientes métodos de pago:
Única vez
$6,261.00 MXN
Pasos
Paso 1
Presentar solicitud de registro y documentación requerida al reverso de la solicitud
Paso 2
Validada la información contenida en la solicitud, los requisitos completos de conformidad con la Ley para el Ejercicio de las Profesiones del Estado de B.C.S. y su Reglamento, se requiere el pago por lo derechos del registro
Ubicación
Coordinación de Profesiones
Blvd. Luis Donaldo Colosio y Valentín Gómez Farías, Col. Arboledas, C.P. 23070, La Paz, B.C.S.
6121238194
Abre de 08:00 - 16:00
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Fundamento jurídico
Artículos 31, 31 Bis, 33, 40, 41 50 fracciones I y II y 51 de la Ley para el Ejercicio de las Profesiones del Estado de Baja California Sur.
Artículo 19 fracción XXXV de la Ley de Derechos y Productos del Estado de Baja California Sur.
Contacto para consultas
Lic. José Mariano Espino del Castillo Barrón
coord.profesiones@sepbcs.gob.mx
Tel: 6121238194
Boulevard Luis Donaldo Colosio y Valentin Gomez Farias, col. Arboledas, La Paz, B.C.S.