Registro de Grupos Voluntarios, Organizaciones Civiles y Brigadistas en Materia de Protección Civil
Trámite ciudadano
- Costo:
-
Sin costo.
- Vigencia del trámite:
-
1
Año(s)
Natural(es)
Descripción:
Trámite de registro para Grupos Voluntarios, Organizaciones Civiles y Brigadistas en Materia de Protección Civil conforme a los establecido en el articulo 39, 40, fracción I, II y III, 41 de la Ley de Protección Civil y Gestión de Riesgos para el Estado y Municipios de Baja California Sur.
Requisitos
-
Constancia de Actividades en Materia de Proteccion Civil
Obligatorio
Certificados que acrediten el desarrollo de actividades en materia de protección civil como son: Primeros Auxilios, Evacuación, Búsqueda y Rescate, Prevención y Combate de Incendios, Formación de Brigadas, entre otros.
-
Solicitud de Registro
Obligatorio
Cumplir con los requisitos establecidos de conformidad con el documento anexo e ingresarlo mediante oficio en las instalaciones de la Subsecretaria de Proteccion Civil.
Datos a recabar
Pasos
-
Paso 1: Enviar documentos
Deberás subir la documentación la cual se turnara en un plazo no mayor a 2 días habiles, para que se pueda revisar que cumplas con los requisitos solicitados.
Información jurídica
Homoclave
BCS-SGG-SUBSPC-003
Fundamento jurídico
articulo 39, 40, fracción I, II y III, 41 de la Ley de Protección Civil y Gestión de Riesgos para el Estado y Municipios de Baja California Sur.
Contacto para consultas
Favor de no refrescar la página.