Inscripción al Registro Nacional de Centros de Asistencia Social
Trámite ciudadano
Costo:
Sin costo.
Plazo máximo para la resolución:
90
Día(s)
Hábil(es)
Vigencia del trámite:
1
Año(s)
Natural(es)
Descripción:
Una vez que se tenga aprobada y expedida la licencia o autorización para funcionamiento y operación de Centros de Asistencia Social, el personal de la PPNNA realiza el trámite siempre y cuando el CAS cumpla con los requisitos solicitados.
Licencia de autorización para operar como Centro de Asistencia Social.
Obligatorio
Domicilio del Centro de Asistencia Social.
Obligatorio
Base de Datos de uso para los CAS
Obligatorio
Con los siguientes campos:
A) Censo de población albergada, que contenga sexo, edad, situación jurídica y el seguimiento al proceso de incorporación familiar o social, ficha decadactilar, media filiación y documentos de identidad.
B) Relación de personal que labora en el centro de asistencia social incluyendo al Director General y Representante Regal, así como la figura jurídica bajo cual opera.
C) Datos de identificación del CAS
D) Características del CAS
E) Ingreso y egresos de un año anterior
Nombre o Razón Social del Centro de Asistencia Social.
Obligatorio
Datos a recabar
Nombre completo *
Correo electrónico *
Dirección *
Teléfono / Celular *
Pasos
Paso 1: Subir resultado
Depende de un funcionario
Recibidos los documentos el personal del departamento de Coordinación de Regulación de Centros de Asistencia Social se comunicara con el responsable del CAS para hacerle saber el estatus del tramite.
Ubicación
Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
PPNNA, Del Alamo, Adolfo Ruíz Cortínez, La Paz, B.C.S., México
6121211984
Abre de 08:00 - 16:00
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de B.C.S.
Calle del Álamo y Virginia Peralta, atrás del antiguo Tutelar para Menores, La Paz, Baja California Sur.
6121242922
Cerrado
Información jurídica
Homoclave
BCS-SEDIF-007
Fundamento jurídico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4to,
Ley de los Procedimientos Administrativos para el Estado y los Municipios de Baja California Sur Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Baja California Sur, artículos 129 y 130.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículos del 107 al 112.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de B.C.S., articulo 116.
Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículo 17 fracción XIII, artículo 32 fracción II.
Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de B.C.S. artículos 59 y 60.
Norma Oficial Mexicana de Asistencia Social NOM-032-SSA3-2010
Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009
Manual de supervisión de Centros de Asistencia Social
Lineamientos para la autorización, registro, certificación y supervisión de los Centros de Asistencia Social, artículos del 6 al 13.
Contacto para consultas
Lic. Carlos Ernesto León Green, Coordinador de Regulación de los Centros de Asistencia Social.
procudifbcs@hotmail.com
Tel: 6121211984
Calle del Álamo e/ Av. La Paz y Callejón 6, Colonia Ruiz Cortínez, Código Postal 23040, La Paz, B.C.S.