Condonación de Multas Trámite ciudadano

Costo:
Sin costo.
Descripción:
Es el perdon de un adeudo derivado de infracciones a las disposiciones fiscales que realiza la autoridad a través de la expedición de un resolución, una vez que se hayan cumplido con las condiciones para autorizar la condonación, mediante una resolución fundada y motivada.
Requisitos
  • Escrito libre Obligatorio

    Escrito libre que contenga el nombre del contribuyente y la denominación o razón social de la empresa, si es persona moral; domicilio para oír y recibir notificaciones; la autoridad a la que se dirige; el propósito de la promoción; señalar hechos y circunstancias; firma autógrafa; importes y conceptos desglosados y actualizados; declarar bajo protesta de decir verdad que no se encuentra vinculado a algún proceso por delito penal, o en su caso, mencionar y agregar desistimiento.

  • personalidad Obligatorio

    Calidad con la que promueve: -Si es persona física por propio derecho. -Persona moral a través de Representante Legal.

  • Documentos que debe acompañar Obligatorio

    Al escrito libre debe presentar copia de: -Identificación oficial. -Escritura Pública, en su caso. -Copia de la resolución donde se impone la multa. -Mandamiento de ejecución, en su caso.

  • Nombre completo *

  • Correo electrónico *

  • Dirección *

  • Paso 1: Subir resultado Depende de un funcionario
    Presentada la solicitud de condonación de multa por medio del escrito libre, la autoridad se debe cerciorar que cumple con todos los requisitos que exige la Ley.
  • Paso 2: Subir resultado Depende de un funcionario
    Cumplidos los requisitos, emite resolución en un término prudente. En caso de no cumplir algún requisito, la autoridad puede requerir que se cumplan para lo cual otorga un plazo y una vez presentados, la autoridad procede a su análisis y resolución.
  • Paso 3: Subir resultado Depende de un funcionario
    Una vez emitida la resolución por la que se condona la multa, la autoridad procede a realizar la notificación. Dicho documento es indispensable para que la condonación le sea reconocida por la autoridad exactora.
Oficina Procuraduria Fiscal
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Isabel La Católica 2100, Perla, 23000 La Paz, B.C.S., México
Lunes 08:00 - 15:00
Martes 08:00 - 15:00
Miércoles 08:00 - 15:00
Jueves 08:00 - 15:00
Viernes 08:00 - 15:00
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