Copia del Recibo del Pago total del inmueble
Obligatorio
Copia del Recibo del Pago total del inmueble
Identificación oficial vigente (INE ó Pasaporte)
Obligatorio
Copia de la Identificación Oficial vigente
Solicitud por escrito del trámite
Obligatorio
El Beneficiario deberá manifestar por escrito la voluntad de transmitir los derechos y obligaciones del Inmueble.
Realizar Pago
Obligatorio
Se efectuará el pago para realizar la transmisión de derechos
Expediente Social del Cesionario
Obligatorio
El cesionario integrará el expediente social con documentos personales
Documentación del Inmueble
Obligatorio
Presentar documentos del inmueble como: acta de entrega, contrato, constancia de adjudicacion.
Datos a recabar
Nombre completo *
Correo electrónico *
Teléfono / Celular *
Tarifas
Paga en línea, con cualquiera de los siguientes métodos de pago:
Única vez
$2,100.00 MXN
Pasos
Paso 1: Enviar documentos
El beneficiario deberá enviarnos el escrito referido con los documentos adjuntos y los requisitos para realizar el trámite.
Ubicación
Instituto de Vivienda (Cd. Constitución)
Yucatán 185, Los Olivos, Invi Juan Domínguez Cota, 23630 Cd Constitución, B.C.S., México
6131322265
Abre de 08:00 - 16:00
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Instituto de Vivienda (Loreto)
Calle II e Panama y Honduras Loreto, BCS
Abre de 08:00 - 16:00
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Instituto de Vivienda (Cabo San Lucas)
Calle Leona Vicario, Camino a Pista Aérea esq. Isla Cozumel, Colonia EL Caribe, Cabo San Lucas, B.C.S.
Cerrado
INSTITUTO DE VIVIENDA DE BAJA CALIFORNIA SUR
Ignacio Allende SN-S"INVI", Perla, 23040 La Paz, B.C.S., México
6121229201
Abre de 08:00 - 15:00
Lunes
08:00 - 15:00
Martes
08:00 - 15:00
Miércoles
08:00 - 15:00
Jueves
08:00 - 15:00
Viernes
08:00 - 15:00
Información jurídica
Homoclave
BCS-SEPUIM-INVI-011
Fundamento jurídico
ART. 1, ART. 2 FRACC. XI, ART. 11 ENCISO C) DE LA LEY DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DE B.C.S.
ART. 1, ART. 5 DEL REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DE B.C.S.
ART. 1, ART. 45 LEY DE MEJORA REGULATORIA PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE BAJA CALIFORNIA SUR.
Contacto para consultas
Ing. Julio Cesar Murillo Peralta
julio.mp@invibcs.gob.mx
Tel: 6121229201 - Ext. 102
Allende entre Isabel la Católica y D. Villarino, colonia centro, C.P. 23,000, La Paz, B.C.S.