SEP Cambio de titular en el RVOE respectivo. (MODIFICACIONES AL RVOE)
Trámite empresarial o ciudadano
Costo:
Trámite en 7489.0 MXN
Plazo máximo para la resolución:
60
Día(s)
Hábil(es)
Vigencia del trámite:
5
Año(s)
Natural(es)
Descripción:
Se entenderá como cambio de titular de RVOE, la transferencia a un nuevo particular de los derechos y obligaciones derivados del RVOE otorgado por la autoridad educativa. El Particular con RVOE está obligado a solicitar a la Autoridad Educativa un nuevo RVOE satisfaciendo, según corresponda.
Requisitos
II.- Acta constitutiva;
Obligatorio
(En el caso de tratarse de persona moral, en original y copia para cotejar).
IV.- Copia simple de identificación oficial ;
Obligatorio
De persona física que comparece, pudiendo ser cualquiera de los siguientes documentos: Credencial para votar, cédula profesional, pasaporte, licencia para conducir o cartilla de servicio militar.
V.- Comprobante de pago de derechos.
Obligatorio
En términos de lo dispuesto por el Artículo 19, fracción XLIII de la Ley de Derechos y Productos del Estado de Baja California Sur.
I.-Formato 2 (solicitud de RVOE por cambio de titular).
Obligatorio
Formato 2 debidamente requisitado.
III.- Documento con el que se acredita la personalidad del representante legal o apoderado;
Obligatorio
(original y copia para cotejo).
Datos a recabar
Nombre completo *
Correo electrónico *
Dirección *
Fecha de nacimiento *
Teléfono / Celular *
CURP *
RFC *
Tarifas
Paga en línea, con cualquiera de los siguientes métodos de pago:
Cuando se solicite el trámite
$7,489.00 MXN
Pasos
Paso 1: Enviar documentos
I.- Recepción de solicitud
Paso 2: Enviar documentos
II.- Comparecencia; tanto el particular, como quien pretenda la titularidad del RVOE, suscribirán el Formato 2, y de manera conjunta lo ratificarán ante la Autoridad Educativa
Paso 3: Subir resultado
Depende de un funcionario
III.- Resolución. Emisión de nuevo Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE).
Ubicación
Dirección de Profesiones, Educación Media Superior y Superior
Blvd. Luis Donaldo Colosio y Valentín Gómez Farías, Col. Arboledas, C.P. 23099, La Paz, B.C.S.
6121238162
Abre de 08:00 - 15:00
Lunes
08:00 - 15:00
Martes
08:00 - 15:00
Miércoles
08:00 - 15:00
Jueves
08:00 - 15:00
Viernes
08:00 - 15:00
Información jurídica
Homoclave
BCS-SEP-DPMSS-07
Fundamento jurídico
Artículos 3, 16 fracción IV y 24 fracción XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, 3, 8, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 12 y 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur, artículos 1, 7, 10, 11 fracción I, 14 fracciones IV y XI, 30, 47, 50 primer párrafo, 54, 55, 56 primer y cuarto párrafo, 57 y 60 de la Ley General de Educación, artículos 13 fracciones IV y X, 95, 96, 97 y demás de la Ley de Educación para el Estado de Baja California Sur artículos 1, 2 fracciones I, II, V, VI, IX y XI, 5, 7, 8 y demás relativos y aplicables de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado y los Municipios de Baja California Sur, acuerdo 243 por el que se establecen las bases generales de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, acuerdo número 17/11/17 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior. Artículo 1, párrafos primero al sexto, de la Ley de Derechos y
Productos del Estado de Baja California Sur. Artículo 19 fracción XLIII, de la Ley de Derechos y Productos del Estado de Baja California Sur.Leer más ...
Inspectores
Lic. Denifee Aglae Badillo Mayoral
juridicodpemsys@sepbcs.gob.mx
Tel: 6121238162 - Ext. 1162
Horarios de inspeccción
Lunes, Martes, Miércoles, Jueves, Viernes
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